ACREDITACIÓN DE CENTROS Y SERVICIOS SOCIOSANITARIOS.
La palabra acreditación viene del verbo latino «accredere», que significa algo así como «dar crédito a”
Se entiende por acreditación el acto por el que la Administración pública competente en materia de bienestar social certifica que un servicio o centro reúne especiales condiciones de calidad en la prestación de los servicios ofertados, y declara la idoneidad de su integración en la red de centros y servicios del SAAD y, en general, para desempeñar sus funciones como parte del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública
Podrán ser objeto de acreditación los centros o servicios, de titularidad privada, concertados para que formen parte del SAAD y los centros y servicios no concertados para que puedan prestar atención a las personas en situación de dependencia que reciben una prestación económica vinculada
La acreditación de centros, servicios y entidades implica, la garantía del cumplimiento de los requisitos y los estándares de calidad que establezcan las Administraciones competentes y, entre otras, la creación y actualización de un Registro de Centros y Servicios de acuerdo con lo previsto en la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal.
En definitiva, la acreditación evalúa la competencia técnica ofreciendo fiabilidad y aportando valor (para la administración, los/as evaluadores/as y las empresas). Se garantiza que los productos (centros y/o servicios) que han sido evaluados son fiables.