ACREDITACIÓN DE CENTROS Y SERVICIOS SOCIOSANITARIOS.

La palabra acreditación viene del verbo latino «accredere», que significa algo así como «dar crédito a
Se entiende por acreditación el acto por el que la Administración pública competente en materia de bienestar social certifica que un servicio o centro reúne especiales condiciones de calidad en la prestación de los servicios ofertados, y declara la idoneidad de su integración en la red de centros y servicios del SAAD y, en general, para desempeñar sus funciones como parte del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública
Podrán ser objeto de acreditación los centros o servicios, de titularidad privada, concertados para que formen parte del SAAD y los centros y servicios no concertados para que puedan prestar atención a las personas en situación de dependencia que reciben una prestación económica vinculada
La acreditación de centros, servicios y entidades implica, la garantía del cumplimiento de los requisitos y los estándares de calidad que establezcan las Administraciones competentes y, entre otras, la creación y actualización de un Registro de Centros y Servicios de acuerdo con lo previsto en la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal.
En definitiva, la acreditación evalúa la competencia técnica ofreciendo fiabilidad y aportando valor (para la administración, los/as evaluadores/as y las empresas). Se garantiza que los productos (centros y/o servicios) que han sido evaluados son fiables.

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